tolerancia

Uno de las criterios más habituales de la masonería para definirse a sí misma es la de ser una sociedad de personas que tiene en la tolerancia uno de sus pilares de actuación. ¿Pero qué es eso de ser tolerante? ¿De qué tipo de tolerancia estamos hablando? Y sobre todo, ¿con qué y cuándo debemos ser tolerantes?

No quiero hablar del concepto histórico, ni de su necesidad como criterio general para enfocar las situaciones, sino del uso que le estamos dando, de la manera en que esta palabra se está convirtiendo en un refugio de todo tipo de desvaríos antes que en “un estado de hecho”(1) por el que podamos, debamos criticar y actuar contra la propuesta, la idea, la creencia, la sinrazón, la imposición… o simplemente: el engaño.

El problema es que hoy la tolerancia se ha convertido en un concepto melifluo y ñoño que como cajón de sastre admite la dejadez, la indiferencia o el todo vale en un totum revolutum de relativismos culturales, en esa tolerancia que todo lo “tolera” porque a todo le encuentra una causa comprensible, y a poco que te descuides te mete en el diálogo intercultural, la alianza de civilizaciones y “tó er mundo e güeno”. Y no. No todo el mundo es bueno, ni actúa de buena fe.

Pero vamos a un caso de “tolerancia cultural” que tenemos muy cercana: el uso de la ropa que va desde el pañuelo en la cabeza -hijab-, pasando por el chador, hasta el burka en los espacios públicos como los colegios, las oficinas públicas, los hospitales, etc., por algunas mujeres musulmanas.

Recientemente el Tribunal de Estrasburgo ha dictado una sentencia favorable a la medida laicista del Gobierno francés que prohíbe el uso del burka y del niqab con argumentos, para mí, falaces, que obvian la cuestión de fondo: los derechos humanos y la tolerancia en las sociedades abiertas primando las cuestiones de seguridad y fraude de identidad.

Lamentablemente, el Tribunal de Estrasburgo ha optado por una de las formas de la intolerancia: anteponer la seguridad a la libertad; pues en este caso lo importante a denunciar es la función que ejerce una vestimenta como símbolo de opresión de una creencia religiosa sobre la libertad de las personas. Por supuesto, además, que la cuestión de seguridad pública e identificación cierta de las personas tiene su valor, pero es que el Tribunal de Estrasburgo las ha puesto como única argumentación de su decisión. Una intolerancia respondida con otra. Así, el burka nunca será permitido en la calle, pero sí en la intimidad de la casa. ¿Se admitiría que se pegase a una mujer en privado y no en público? Pues algo parecido es lo que ha sancionado -por omisión- el Tribunal de Estrasburgo.

Otra in “tolerancia” que ha sido permitida y hasta avalada por la Consejería de Sanidad de Madrid ha sido la de permitir que se examinen tres enfermeras el pasado 4 de octubre porque sus creencias (dos son evangélicas y una judía) no les permiten actividad alguna desde la salida del sol a su puesta del sábado. Lo increíble es que las leyes 24/1992 y 25/1992 las amparan para solicitar otra fecha. ¿Qué pasará si deben hacer guardia un sábado? ¿Automáticamente quedan exentas?

Otra muestra de la in “tolerancia” ha sido el acuerdo entre la Conselleria de Sanidad de Valencia y la comunidad islámica que exige la separación de sexos en las extracciones, de modo que las enfermeras no practicarán extracciones a hombres y los enfermeros tampoco podrán hacerlas a mujeres, como ha denunciado el sindicato de enfermería Satse.

Con este tipo de acuerdos algunos principios como el de igualdad y no discriminación -en concreto por razón de sexo-, la aconfesionalidad del Estado, o el derecho a la salud, entre otros, se van a hacer puñetas por la “tolerancia” con ciertas creencias religiosas.

Y para acabar otro caso de in “tolerancia”: un grupo de judíos ultra ortodoxos jaredís permaneció de pie en un vuelo de El Al entre Nueva York y Tel Aviv por su negativa a sentarse al lado de mujeres. Primero retrasaron el despegue y después estuvieron de pie durante las once horas que duró el vuelo. Otro triunfo de la “tolerancia”.

Ahora, y recuperando la palabra de Leon Nisand, a los defensores del relativismo cultural y de las tolerancias habría que recordarles que “a menos de caer en una laxitud suicida, “Tolerancia” no significa: aceptación de todo y de cualquier cosa. Podemos observar que los candidatos a la tiranía invocan siempre la “tolerancia” de aquellos cuya desconfianza quieren paralizar. Pero cuando los intolerantes llegan así a apoderarse del poder, es demasiado tarde para reaccionar, porque el rodillo compresor del sistema totalitario no libera nunca, naturalmente, a los imprudentes incondicionales de la “tolerancia”. Que ”la Historia relega a las tinieblas de los olvidados a numerosos grupos humanos que se han sacrificado en vano por respeto a una tolerancia erigida como dogma.”(2)

Ricardo Fernández.

(1 y 2) Leon Nisand. Comercio de “misterios” arcaicos o canteras para edificar el humanismo. En Diez planchas para leer en logia.

1 Comentario

  1. Uno de LOS criterios… (Asociación de género en la sintaxis gramatical) La Tolerancia es un concepto por demás intolerante del sistema imperante que lo utiliza para decir quienes están «bien» y quienes no lo están. Yo nunca toleré ni toleraré la lactosa… es mi naturaleza humana la que se niega a ello. Nunca toleraré la violación de mis derechos como ser humano. Sí toleraré a los que me interesa tolerar y no puedo hacer que entiendan que somos seres de luz en un sendero de oscuridad. Cristo predicó, toleró y lo mataron… tuvo sus arranques de intolerancia… pero los superó como gran maestro de la humanidad que es…. Es cuanto y digo esto porque tengo fe en mis ideales, esperanza en lograrlos, por amor a la humanidad.

    Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Fundación Maria Deraismes.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a ovh que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver Política de cookies
Privacidad