En la sociedad de lo inmediato y de la obsolescencia acelerada de las cosas y las ideas la celebración de centenarios deviene en situación atípica y por ello más digna de ser señalada. En el verano de 1920 veía la luz la primera Constitución Internacional de la Orden Masónica Mixta Internacional Le Droit Humain carta magna de esta más que centenaria obediencia masónica que, rompiendo con muchas de las tradiciones de la masonería universal, se declaraba Orden para dejar claro que nacía, algunos poco años antes, con el propósito de romper con bastantes de las tradiciones hasta ese momento inamovibles de la masonería.
En aquella primera versión de la hoy centenaria constitución se hacía referencia a un hecho que había sucedido algunos años antes, la Proclamación de Le Droit Humain, esa referencia será una constante en todas y cada una de las sucesivas versiones modificadas habidas en la más alta expresión jurídica de la Orden Mixta. El documento referido nacía como una suerte de manifiesto fundacional cuya vigencia, en espíritu si no en la letra, se mantendría a lo largo del tiempo pues no en vano se trataba de manifestar la preocupación de la Orden por unos derechos fundamentales y que podríamos considerar «republicanos» entendidos como una expresión del concepto nacido en la Revolución francesa.
Si aquella primera versión de la Constitución de la Orden hacía una clara profesión de laicismo no se podría decir lo mismo de las sucesivas modificaciones, la primera introducida siete años más tarde, y en la primera oportunidad posible para ello, que aunque no rompía con la letra si a mi entender con el espíritu que animaba el laicismo militante de la Orden y que, en el fondo, no hacía otra cosa que seguir el camino abierto por el Gran Oriente Belga, y transitado a continuación por el Gran Oriente de Francia, desde mediados del siglo XIX. Los talleres de la joven Orden abrirían sus trabajos A la Gloria de la Humanidad, fórmula que no parecía contentar a quienes desde posiciones tradicionalistas ligadas al mundo anglosajón pugnaron, y finalmente consiguieron, introducir la fórmula alternativa A la Gloria del Gran Arquitecto del Universo aunque supuestamente desnuda de cualquier connotación deísta como si fuera posible entender la figura del GADU ajeno a la divinidad, cualquier divinidad. Bien es verdad que en esta cuestión no faltan voces capaces de justificar este tipo de conceptos en base a peregrinas teorías sobre el significado de este término o del de dios. Todo por un supuesto respeto a una tradición a la que la Orden renunciaba desde el mismo momento de su nacimiento en aras de poner en marcha una masonería para todos los seres humanos más allá de sexo o creencia.
En todo caso bien está celebrar en un tiempo en que lo efímero es norma, la vigencia de una norma centenaria y a la que se le puede augurar una larga vida en la esperanza de recuperar aquel espíritu fundacional en el que la creencia quedaba relegada al ámbito de lo más estrictamente personal para conseguir la unión sin ninguna violencia de seres humanos en la armonía de la construcción del Progreso de la Humanidad.
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