No es infrecuente que se nos pregunte cuales son las condiciones que una candidata/o deben cumplir para entrar en masonería y nuestra respuesta es invariablemente la misma: ser una persona libre y de buenas costumbres. La fórmula, ancestral y repetida hasta la saciedad, suele dejar al profano un tanto boquiabierto y a la espera de que por nuestra parte se amplíe la respuesta aunque bien es cierto que casi nunca vamos más allá, así nuestro/a interlocutor/a siguen perplejos ante una respuesta ambigua donde las haya.
Ahora bien ¿basta simplemente con esto?¿es admisible en todos los casos? Yo entiendo que no, la honestidad para con un mismo debe ser medida en función de unos parámetros que se encuentren dentro de unos límites éticamente admisibles y desde una concepción ética que pueda ser mensurable. En nuestro caso el respeto a lo que conocemos como Derechos Humanos parece ser el perfecto nivel que nos permitirá evaluar a todos con parámetros homogéneos y que además casan perfectamente con lo que entendemos es la obra de la masonería, la consecución de una sociedad más libre, igualitaria y fraterna.
Probablemente lo anterior convierta en algo menos críptico la cuestión de «las buenas costumbres», aclare quien podría traspasar la puerta, quien se puede quedar ante ella o, seguramente más importante, sin ganas de llamar.
He dicho
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